Reglamento
Capítulo III: De la estructura
Artículo 8°
La estructura de la Biblioteca está constituida por una Coordinación la cual tiene a su cargo cinco áreas:
Artículo 9°
Las funciones de la persona titular de la Coordinación de la Biblioteca son las siguientes:
I. Establecer líneas de acción de acuerdo con el Plan de Desarrollo Institucional del IIS vigente y de la Dirección General de Bibliotecas;
II. Dirigir, coordinar, supervisar y evaluar las actividades de la Biblioteca;
III. Participar en la Comisión de Biblioteca del IIS y facilitar el cumplimiento de sus acuerdos;
IV. Coordinar las actividades necesarias para resguardar y difundir archivos especiales que se encuentran bajo su responsabilidad, como el Archivo del General Antonio I. Villarreal;
V. Establecer, analizar y proponer criterios académicos para:
a. La selección y adquisición de material bibliohemerográfico,
b. La creación/modificación de sistemas de información tales como catálogos, bases de datos, repositorio;
c. La planeación y difusión de los servicios bibliotecarios.
VI. Impulsar actividades con otras bibliotecas y centros de documentación para acordar estrategias de trabajo cooperativo con la finalidad de garantizar los servicios de préstamo, así como la adquisición por medio del canje y la donación;
VII. Vigilar el cumplimiento de este Reglamento y demás disposiciones que se desprendan de su naturaleza y las que le confiera la Legislación Universitaria.
Artículo 10°
Las funciones del personal responsable de las áreas de la Biblioteca son las siguientes:
I. Desarrollo de colecciones.
a. Garantizar el buen ejercicio presupuestal asignado a la Biblioteca;
b. Realizar la selección de material bibliográfico de acuerdo con las líneas de investigación del Instituto;
c. Buscar y seleccionar en fuentes nacionales e internacionales los recursos documentales para mantener actualizado el acervo;
d. Alimentar el sistema ALEPH en su módulo de adquisiciones.
II. Colecciones especiales.
a. Describir, evaluar, analizar y registrar los distintos tipos de documentos que integran las bases de datos, contenidos Web y colecciones especiales como la videoteca;
b. Administrar las redes sociales de la Biblioteca;
c. Administrar, mantener y actualizar el Repositorio Universitario Digital del IIS.
III. Servicios al público y consulta especializada.
a. Brindar servicios de préstamo, devolución y resello de libros, revistas, discos compactos y material documental;
b. Proporcionar información descriptiva sobre los servicios que ofrece la Biblioteca; así como orientar a las y los usuarios acerca de los requisitos que debe cubrir para hacer uso de la misma;
c. Realizar la búsqueda y recuperación de información especializada sobre ciencias sociales para la comunidad de investigación del IIS, para estudiantes, instituciones y público en general.
d. Asesorar a las y los usuarios en el uso y manejo de bases de datos especializadas de la UNAM para la consulta de libros, revistas y otros materiales en formato electrónico, ya sea de manera presencial, por teléfono, o por medios electrónicos (correo electrónico o página de la Biblioteca).
IV. Fototeca
a. Organizar, conservar, catalogar y registrar los documentos gráficos del acervo fotográfico del IIS.
V. Procesos técnicos.
a. Realizar el proceso menor, sellado y colocación de sensor de en todos los materiales que se integren a la Biblioteca con el fin de ponerlos a la disposición de la comunidad;
b. Integrar las nuevas adquisiciones dentro del acervo.
Artículo 11°
La Biblioteca cuenta con la Comisión de Biblioteca, órgano colegiado que está integrado con base en los términos establecidos en los artículos 18 y 19 del Reglamento General del Sistema Bibliotecario y de Información de la UNAM.
La Comisión de Biblioteca tiene como objetivo conocer y aprobar las políticas de organización interna, de desarrollo y crecimiento; de préstamo y de adquisiciones de la Biblioteca del IIS, así como detectar áreas de mejora y vigilar su buen funcionamiento conforme a las directrices generales contenidas en el Reglamento General del Sistema Bibliotecario y de Información de la UNAM y en su propio Reglamento.
La comisión estará formada por:
I. La persona titular de la Dirección de la entidad, quien la presidirá;
II. La persona titular de la Coordinación de Biblioteca, quien fungirá como secretario(a);
III. Seis investigadores(as) nombrados(as) por el Consejo Interno del IIS, quienes constituirán mayoría en la Comisión y serán nombrados(as) por un periodo de dos años, con posibilidad de renovar una vez;
IV. Un(a) representante del personal académico que labore en la biblioteca, nombrado(a) por el Consejo Interno del IIS;
V. Un(a) representante del personal bibliotecario administrativo que labore en la biblioteca, nombrado(a) por el Consejo Interno del IIS;
VI. La persona titular de la Secretaría Técnica, quien sustituirá al presidente de la Comisión en su ausencia;
VII. La persona titular de la Secretaría Académica.